A tu lado en cada paso
En estos momentos tan difíciles, hacer estas gestiones es doblemente doloroso.
Por ello, en Caja Ingenieros queremos ayudarte a que tramites la herencia de un familiar fallecido lo más fácilmente posible.
A continuación te detallamos los pasos a seguir.
01
COMUNICACIÓN DEL FALLECIMIENTO Y SOLICITUD DEL CERTIFICADO DE POSICIONES
02
ENTREGA DE DOCUMENTACIÓN PARA INICIAR EL REPARTO
03
ALTA DE LOS HEREDEROS
04
ESTUDIO DE LA DOCUMENTACIÓN
01.
Comunicación del fallecimiento y solicitud del certificado de posiciones
Documentación necesaria:
- Certificado de defunción
- DNI del solicitante
- Testamento o acta de notoriedad
A partir de ese momento, la cuenta quedará bloqueada para nuevos cargos y se darán de baja a las personas autorizadas. Aceptaremos las domiciliaciones habituales de la cuenta.
Con el certificado de posiciones, podrás liquidar el impuesto de sucesiones y donaciones.
02.
Entrega de documentación para iniciar el reparto
Documentación necesaria:
- Liquidación del impuesto de sucesiones y donaciones
- Certificado de últimas voluntades
- Testamento o acta de notoriedad
- Escritura pública de aceptación de herencia o documento privado de aceptación de herencia
- Fotocopia del DNI de los herederos (si no son socios de Caja Ingenieros)
Documentación adicional, si hay plan de pensiones:
- Firma del impreso “Solicitud de Prestación de Plan de Pensiones” (facilitado por Caja Ingenieros) debidamente cumplimentado por el/los beneficiario/s
- Impreso "Comunicación de datos al pagador" IRPF (modelo 145) cumplimentado y firmado por el/los beneficiario/s
Documentación adicional, si hay seguro de vida:
- Informe médico con certificado oficial en el que se expresa la causa del fallecimiento y las circunstancias en que se ha producido
- Si existe, copia de las diligencias judiciales o policiales y autopsia
03.
Alta de los herederos
Alta de los herederos, en caso de no ser socios/as de Caja Ingenieros.
Será necesario que estén para firmar la documentación de alta de persona.
04.
Estudio de la documentación
Estudio, por parte de Caja Ingenieros, de la documentación aportada e inicio de los trámites del reparto.
Por último, se finalizará el reparto.
Contactaremos contigo para informarte de que ya hemos procedido al reparto según las instrucciones facilitadas.
Guía/glosario de documentación esencial
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CERTIFICADO DE DEFUNCIÓN
Es el documento oficial que acredita el fallecimiento de una persona, expedido por el Registro Civil.
¿Cómo se obtiene?
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De forma presencial en el Registro Civil, en el que esté inscrito el fallecimiento, aportando el DNI de la persona que solicite el certificado.
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Por correo ordinario, enviando una carta al Registro Civil en la que se indique el nombre y la dirección postal a la que se vaya a enviar el certificado. En la solicitud tienen que constar los siguientes datos:
- Nombre, apellidos y DNI. de la persona que solicita el certificado.
- Nombre y apellidos del fallecido, lugar y fecha del fallecimiento.
- Por internet, a través de la página oficial del Ministerio de Justicia.
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CERTIFICADO DE ÚLTIMAS VOLUNTADES
El certificado de últimas voluntades es el documento obligatorio que acredita si una persona ha otorgado testamento/s y ante qué notario/s, con el fin de solicitar una copia autorizada del mismo. Se puede solicitar una vez transcurridos quince días hábiles desde el día del fallecimiento, a través del Modelo 790 debidamente cumplimentado.
¿Cómo se obtiene?
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De forma presencial en la Oficina Central de Atención al Ciudadano, calle Bolsa, 8, si se realiza en la Comunidad Autónoma de Madrid o en las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia para el resto de las comunidades autónomas.
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Por correo ordinario, enviando la solicitud a la siguiente dirección: Registro General de Actos de Última Voluntad, Ministerio de Justicia, plaza Jacinto Benavente, 3, 28012 Madrid.
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Por internet, a través de la página oficial del Ministerio de Justicia.
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TESTAMENTO
Es un acto de última voluntad del fallecido sobre la repartición de sus bienes, en el que designa herederos y/o legatarios. En el testamento debe constar la fecha y notario, a través del cual se podrá solicitar una copia autorizada de dicho testamento. En el certificado de últimas voluntades se hace constar la fecha y notario ante el cual la persona ahora fallecida otorgó testamento.
En caso de que no exista testamento, se deberá acreditar el acta de notoriedad o acta de declaración de herederos.
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ACTA DE NOTORIEDAD O ACTA DE DECLARACIÓN DE HEREDEROS
¿Cómo se obtiene?
Las personas que se consideren herederos deberán acudir a un notario del lugar en el cual el fallecido tuviera su residencia habitual o donde tuviese la mayor parte de su patrimonio.
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DOCUMENTO DE ACEPTACIÓN Y PARTICIÓN DE HERENCIA
Es el documento que recoge de forma concreta cómo se efectuará el reparto de bienes entre los diferentes herederos y cuál es su valoración.
Este documento puede ser público, ante notario, o privado, en cuyo caso debe estar firmado por todos los herederos.
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LIQUIDACIÓN DE IMPUESTOS
Dentro los seis meses posteriores al fallecimiento, los herederos deberán acudir a la Oficina Liquidadora de la Comunidad Autónoma en la que el fallecido tuviera su última residencia habitual. Los herederos pueden abonar el importe del impuesto de sucesiones y donaciones con cargo a las posiciones del fallecido, aportando una solicitud firmada por todos los herederos.
